sábado, 29 de enero de 2011

EVALUACION DE LAS ACTIVIDADES

EVALUACIÓN DE ACTIVIDADES

            En el marco de lo dispuesto en el Capítulo III del Decreto 83/2007, de 24 de abril, la evaluación de los aprendizajes del alumnado será continua, formativa y diferenciada para cada uno de los módulos en que se organizan los ámbitos que componen el currículo. Para ello utilizarán como referentes los conocimientos adquiridos, los objetivos y las competencias básicas.
La evaluación continua se concretará a lo largo del curso en una evaluación inicial, en el seguimiento y desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje a lo largo del mismo y en una síntesis final al concluir el proceso ordinario o, en su caso, tras la prueba extraordinaria. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo, la particular situación inicial y las capacidades, ritmos, actitudes y  estilos de aprendizaje de cada alumno, y tendrá en consideración el contexto sociocultural en el que se desenvuelve. Los criterios de evaluación de cada uno de los módulos serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas y el de consecución de los objetivos. La evaluación será realizada por el profesorado utilizando diferentes procedimientos y fuentes de información, tales como los trabajos del alumnado, pruebas objetivas, la observación continuada de la evolución en el proceso de aprendizaje y entrevistas o actividades que muestren la adquisición de las competencias básicas. El equipo docente, constituido por el conjunto de profesores de cada grupo de alumnos, coordinado por el profesor tutor, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción por consenso de las decisiones resultantes del mismo.
Los profesores responsables de los diferentes ámbitos realizarán, al inicio de cada curso, una evaluación inicial con el objeto de adaptar el currículo a las características del alumnado partiendo de la información disponible en el centro acerca del proceso de aprendizaje seguido con anterioridad por parte del adulto. Con los datos obtenidos el equipo docente adoptará las oportunas medidas de refuerzo con aquel alumnado que las precise.
En el proceso de evaluación continua se establecerán medidas de ampliación, enriquecimiento y refuerzo educativo. Cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado se adoptarán medidas de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes necesarios para continuar el proceso educativo.
Para valorar el rendimiento del alumnado con objetividad, a principios de curso se darán a conocer los niveles de los criterios de evaluación imprescindibles para obtener una valoración positiva en los diferentes módulos de los ámbitos.
A lo largo del curso se celebrarán las siguientes sesiones ordinarias de evaluación:

a) Una evaluación inicial.
b) Una ordinaria cuatrimestral al finalizar cada uno de los módulos que componen cada nivel de un ámbito.
c) Una final global por cada ámbito en el mes de junio.






Una vez finalizada la evaluación ordinaria de cada uno de los módulos existirá una evaluación extraordinaria antes de la evaluación global de ámbito para los alumnos calificados negativamente. Al finalizar el módulo se arbitrarán medidas especiales de recuperación que se harán constar en la ficha de seguimiento del alumno. El alumnado que tenga pendientes módulos de cursos anteriores, dispondrá de una evaluación extraordinaria adicional por cada uno de los niveles del ámbito al finalizar el primer cuatrimestre del curso correspondiente.
Decaerá el derecho a la evaluación continua para el alumnado matriculado en estas enseñanzas en la modalidad presencial que presente un índice de absentismo injustificado superior al 25% del horario lectivo correspondiente al módulo de cada ámbito o ámbitos en los que se encuentre matriculado.

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